Opinión
Asistimos
a un proceso de notable deterioro de la credibilidad del accionar de
los poderes judiciales en Latinoamérica. La racionalidad deseable y
exigible del discurso jurídico y de las prácticas jurisdiccionales se
derrumba frente a la infición del poder político y mediático dominante.
En ese derrumbe, el recurso a la ficción es la máscara de la
pretensa administración judicial, para obrar “como si” se estuviere
obrando con sujeción al principio de la supremacía constitucional y del
derecho internacional de los derechos humanos.-
El Jefe de Escuela de la Lógica de las Ficciones (Hans
Vaihinger; “Das Philosophie des “als ob”, Leipzig 1911), enseñaba que un
enunciado ficto es aquel que se precede de la expresión “como si”, y
que no se corresponde con ninguna situación del mundo real. Distingue
Vaihinger dos grados en las ficciones; las fuertes, que son aquellas en
que el enunciado no se puede corresponder con ningún acaecer, presente,
pasado o futuro (v.gr. hablar de los dragones), o que el enunciado sea
autocontradictorio (llueve y no llueve). Las ficciones débiles son
aquellas en que el enunciado ficto no se corresponde con ningún hecho de
la realidad presente, pero pudo ser en el pasado o acaecer en el
futuro.
Las resoluciones recaídas en “el caso Lula”, se configuran
en un paradigma del “como si”. En efecto, el muy difundido texto de la
indagatoria prestada por el ex Presidente ante el Juez Sergio Moro
(foto), y donde éste reconoce no tener pruebas para imputarlo y le
solicita al indagado que “confiese”, que le aporte probanzas de su
culpabilidad, evidencia el carácter ficto de la sentencia condenatoria
dictada contra “Lula”, además de invertir el principio del humanismo
penal que veda reclamar del imputado que declare contra sí mismo.
Pero el caso del voto del desempate, emanado de la
presidenta del Supremo Tribunal Federal de Brasil, Rosa Weber, comporta
un quiebre de la doctrina del acto propio; esto es, cuando un juez o
tribunal vota en contradicción con la doctrina de sus precedentes en
similar situación. Tan evidente es ello, que el propio voto comienza
preservando que en el futuro, en otro caso similar, la magistrada vuelva
sobre sus pasos y vote en la forma que la honró como integrante de un
máximo tribunal de justicia.
¿Qué le impuso a la magistrada apartarse de su propia
doctrina? Ciertamente, la infición del poder político, mediático –y
también militar–, que demuestra lo vulnerable que es la racionalidad
del discurso jurídico, cuando sus conceptos, inscriptos en la normativa y
afianzados en la dogmática, son perforados y deformados por la
intrusión del poder en la reconstrucción de la verdad de los hechos
investigados, que debiera ser el paso previo a la emisión del juicio de
valor que comporta administrar justicia. Si el conocimiento es desviado
por esa infición del poder –historia externa de la verdad, al decir de
Michel Foucault–, el derecho y las prácticas jurisdiccionales se
convierten en una suerte de magi-ciencia, en la que el tribunal, al
igual que en un espectáculo circense, saca de su galera (el fallo)
indistintamente conejos, palomas, ramilletes florales o pañuelos. Es un
espectáculo vistoso para el circo, pero totalmente ajeno y degradante
para un tribunal judicial de la máxima jerarquía.
Igual ocurre en la Argentina, con la persecución política a
los funcionarios de mayor jerarquía del ex gobierno. Pero en algún
momento, esperamos que cercano, las ficciones se derrumban y se
restablece la observancia a la supremacía constitucional y del derecho
internacional de los derechos humanos. Es el momento del recupero de la
conciencia jurídica de los pueblos, la doctrina y el sistema del Estado
de Derecho.
Dejemos, entonces, las ficciones para la literatura, donde
puede reinar la belleza de lo inexistente o de lo desconocido, y
reservemos para el derecho el “conocer” y “decidir”, que es como
sabiamente define nuestra Constitución Nacional (art. 116) a la función
del Poder Judicial.
* Profesor Titular Consulto, Facultad de Derecho, UBA Convencional Nacional Constituyente (año 1994)
Fuene:Pagina/12
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