Resumen Latinoamericano* / 5 de diciembre de 2019
La Cámara Alta aprobó la noche de ayer miércoles el proyecto
de ley que modifica el código penal agravando las penas para quienes
participen de cortes de tránsito y barricadas considerándolo como delito
la alteración de la paz pública.
La iniciativa fue aprobada por la Sala del Senado con 33 votos a
favor, 2 en contra y 2 abstenciones. Luego de su aprobación se derivó a
la Comisión Seguridad Pública donde se verán sus artículos en
particular.
La modificación del código penal aprobada parcialmente por la clase
política, criminaliza una de las principales herramientas de la protesta
popular del pueblo chileno a partir del 18 de octubre pasado: la
barricada y el corte de tránsito.
El proyecto establece que se entiende como «desorden público» las siguientes 6 situaciones:
1. Paralizar o interrumpir algún servicio público de primera
necesidad, entendiéndose por tales los servicios de transportes,
hospitalarios, de emergencia, de electricidad, de combustible, de agua
potable y de comunicaciones, afectando gravemente su funcionamiento.
2. Ejecutar actos de violencia peligrosos para la vida o la
integridad física de las personas mediante el lanzamiento de elementos
contundentes, cortantes, punzantes u otros elementos aptos para esos
fines.
3. Destruir, en todo o en parte relevante, una vivienda, un
establecimiento comercial o industrial, una oficina pública o privada,
uno o más vehículos motorizados o la irrogación de daño a bienes de
reconocida importancia científica, religiosa o social.
4. Incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos.
5. Impedir o dificultar la actuación del personal de los Cuerpos de
Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un
siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la
seguridad de las personas.
6. Cuando se ocupen o usurpen bienes inmuebles de carácter industrial, comercial o agrícola, sean estos públicos o privados.
La modificación incluye en un apartado que «se aplicará siempre el
grado máximo de la pena dispuesta para este caso cuando los partícipes
hayan actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o
más personas destinada a cometer habitualmente los hechos punibles
mencionados,»
A ello hay que agregar el endurecimiento de las penas contra quienes
participen de saqueos. El delito robo con fuerza será sancionado con la
pena de presidio menor en su grado máximo (desde tres años y un día a 5
años) si el autor del hecho lo hace en un contexto de «desorden
público».
En síntesis, el Senado aprobó una nueva ley en contra del derecho a
la protesta social, fortaleciendo la represión y la condición de Estado
militarizado de Chile.
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