miércoles, 10 de marzo de 2021

Lawfare en Brasil: anularon las condenas a Lula y puede ser candidato

 


El Supremo Tribunal Federal anuló todo el proceso de Moro contra Lula por considerar que el exministro de Bolsonaro no tenía competencia para juzgarlo. Señaló que no existen pruebas para acusar al ex mandatario de que se benefició con contratos entre Petrobras y la empresa OAS.

Fuente:ramble tamble






Por Santiago Gómez
Desde San Pablo

El Supremo Tribunal Federal anuló las condenas contra Luís Inacio Lula da Silva porque consideró que el exjuez Sérgio Moro no tenía competencia para juzgarlo. Afirmaron que no existen pruebas contra el expresidente. Lula fue acusado de haber recibido beneficios indebidos como producto de contratos entre la Petrobras y la constructora OAS, sobre lo que no hay prueba alguna, sentenció el ministro del STF. El propio Sérgio Moro en respuesta a un recurso interpuesto por la defensa de Lula, como informamos en APU, sentenció que “este tribunal jamás afirmó en la sentencia o en lugar alguno, que los valores obtenidos por la Constructora OAS en los contratos con Petrobras fueron utilizados para el pago de beneficios indebidos al ex Presidente”. Esa era la base de la acusación.

Las acusaciones contra el expresidente se sustentaban en que recibió beneficios indebidos producto de contratos entre la Petrobras y la constructora OAS. Sérgio Moro coordinaba la investigación del proceso llamado Operación Lava Jato (N.E: comenzó por una investigación de un lavadero de autos que se usaba para lavar dinero), en el que estaba involucrada la petrolera Petrobras y se involucró al expresidente sin que hubiese pruebas en su contra, tal cual confirmó hoy el Supremo Tribunal Federal.

Desde el inicio de la operación los abogados defensores del expresidente señalaron que Moro no tenia competencia para juzgar la acusación, porque la supuesta propiedad sobre la que Lula se habría beneficiado queda en la provincia de San Pablo, el acusado no tenía domicilio en Curitiba, capital de Paraná, además de que no había prueba ninguna que vinculara el departamento con el que Lula se habría beneficiado con Petrobras.

La sentencia de Fachin de hoy versa sobre ese punto: el objetivo de la Operación Lava Jato era investigar crímenes que se hayan cometido en perjuicio de Petrobras, por eso se concentraron varios casos de acusados que no tenían domicilio en Curitiba pero que estaban vinculados a la causa. El ministro del Supremo Tribunal sentenció: “Como se ve, delante de la pluralidad de actos ilícitos revelados en el transcurrir de las investigaciones llevadas a cabo en la Operación Lava Jato, la competencia de la 13º sala federal de la Subsección Judicial de Curitiba fue siendo acuñada a medida en que nuevas circunstancias fácticas fueron traídas a conocimiento del Supremo Tribunal Federal, que en precedentes firmados por el Tribunal Pleno (…), culminó en afirmarla apenas en relación a delitos practicados directa y exclusivamente en detrimento de Petrobras”.

A continuación, el juez del STF dictaminó que “en este caso, no fue demostrado que las conductas atribuidas al acusado fueron directamente direccionadas a contratos específicos celebrados entre el Grupo OAS y Petrobras, constatación que, cotejados con los ya estudiados precedentes del Plenário y la Segunda Sala del Supremo Tribunal Federal, permite la conclusión por la no configuración de conexión que autorizaría, en el caso concreto, a la modificación de la competencia juridisccional”. Esto quiere decir: el objetivo de la Lava Jato era investigar delitos que perjudicaron a Petrobras y no hay prueba alguna que pueda vincular un hecho de Lula en ese sentido.

Ante esta situación, el ministro del STF resolvió “considerando los precedentes sobre el tema y las razones expuestas, se vuelve impositivo, ante lo que se formó como dirección mayoritaria en el Tribunal, el reconocimiento de la procedencia de los argumentos de los defensores para reconocer la incompetencia del Juzgado de la 13 sala federal de Curitiba (...). Como colorario de tal conclusión, en los términos del art. 567 del Código Procesal Penal, se deben declarar nulos todos los actos decisivos, inclusive el recibimiento de la denuncia, determinándose el envío de loa autos a la Sección Judicial del Distrito Federal, considerando la narrativa de la práctica delictiva en el ejercicio del mandato de Presidente de la República”.

Con esta decisión, se anularon todas las condenas contra Lula efectuadas por Moro. El expresidente recuperó todos sus derechos políticos y levantaron la inhibición de sus bienes. Esto quiere decir que Lula puede ser candidato en la próxima elección.

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