detenciones y violencia han terminado por engendrar revoluciones
Eli Gómez Alcorta
Para aquellos que nacimos en la década del ’70 y transitamos nuestra
vida política en democracia desde la adolescencia, el concepto de presos
políticos se ancló necesariamente en el terrorismo de Estado o en las
distintas experiencias dictatoriales de nuestra región.
Muchos recorrimos los grises ’90 cantando a los Redondos: Si esta cárcel
sigue así, todo preso es político, como acto de denuncia sobre el
sistema carcelario y las condiciones infrahumanas a las que la inmensa
mayoría de las personas privadas de su libertad estaban (y están)
sometidas.
Para el marxismo un preso político es el que tiene conciencia política,
en cambio, aquel preso enajenado es el preso común, descomprometido por
haberse identificado con la burguesía y sus valores, que nunca
cuestionó.
Esta doble categoría de presos implica asignarle diferencias a cada uno, tanto en términos simbólicos como políticos.
Un preso político está detenido injustamente y, por ello, se encuentra
legitimado a rebelarse contra el régimen que lo quiere acallar en razón
de sus ideas, de su religión, su orientación o elección sexual, su
nacionalidad, su pertenencia a alguna organización o colectivo. De allí
que el estatus de preso político merece una protección, atención,
denuncia y defensa que se diferencian de aquel que reclaman los presos
comunes.
La asignación de aquel estatus es materia de discusión, ya que involucra
una serie de premisas: la persecución política, la falta de
independencia del poder judicial, el resquebrajamiento del estado de
derecho, entre otras. A la vez, en todos esos casos existe una actuación
judicial, un hecho y un delito que se le imputan y una orden de un juez
para su detención. De allí que para muchos Milagro Sala sea la primera
presa política del macrismo, pero no para todos.
De igual forma podemos pensar en otros presos políticos. Por ejemplo
durante el alfonsinismo con Fermín Núñez, detenido durante la dictadura
cívico-militar y condenado a cadena perpetua por el ex juez federal
Manlio Martínez (hoy condenado a prisión perpetua por delitos de lesa
humanidad) y que recién recuperó su libertad en julio de 1989. Los
militantes de Movimiento Todos por la Patria, encarcelados después de la
toma del Regimiento de la Tablada, también se reivindicaban como presos
políticos; Amnistía Internacional y la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos alzaron sus voces por la injusta detención de Fray
Antonio Puigjané, que no participó del ataque. En la década de los ’90
se acusó al menemismo de la detención por más de un año de los
dirigentes del MAS Alcides Christiansen y Horacio Panario y Basilio
Estrada Escobar, presos políticos al igual que Raúl Castells, del
Movimiento de Jubilados y Desocupados.
Durante el kirchnerismo se sostuvo —y se sostiene aún— que los
petroleros de Las Heras condenados a pesar de múltiples y graves
irregularidades en la investigación por el homicidio del policía Jorge
Sayago integraban la lista de presos políticos,
La enumeración sólo intenta postular que desde el 16 de enero del 2016
transitamos una etapa política en la que la persecución penal, la
criminalización y el encarcelamiento al oponente político dieron un
salto cualitativo y cuantitativo. Ahora el delito es la oposición
política al gobierno y el proceso judicial sólo procura revestirlo de
una apariencia criminal.
Hace unos días se lanzó en Buenos Aires el Foro por la Democracia y la
Libertad de lxs presxs politicxs. Allí se reunieron familiares directos,
hijos e hijas, esposas, compañeras, hermanos de personas con
filiaciones y recorridos políticos diferentes:, desde Graciela López,
Mirta Shakira Guerrero, Mirta Aizama o Gladys Díaz, detenidas en el
Penal del Alto Comedero en Jujuy, a Facundo Jones Huala, lonko mapuche
preso en la Unidad 14 de Esquel, o el Chino Zannini, alojado en la
cárcel de Ezeiza.
El variopinto panorama no llegó a incluir a varios de los detenidos en
las últimas movilizaciones contra la reforma regresiva en materia
previsional, que aún continúan presos por orden de Bonadío.
Resultaba tristemente acertado que en la conferencia de prensa de aquel
Foro se encontraran sentadas e hicieran uso de la palabra Taty Almeida y
Lita Boitano, esta última presidenta de Familiares de Desaparecidos y
Detenidos por Razones Políticas. Cuarenta años después del secuestro de
sus hijos y de la decisión de formar un organismo de derechos humanos
que colaborara en la lucha colectiva de los familiares de desaparecidos y
de presos políticos, allí estaba con su inagotable amor, con sus
palabras sanadoras, abrazando y acariciando a cada compañera y a cada
hijx que tomaba el micrófono para reclamar por su ser querido.
Hace casi dos años, muchos ensayábamos la idea de que la detención de
Milagro era un “tubo de ensayo represivo”. La privación de la libertad
de una dirigente social y política, en el marco de una manifestación
pública y pacífica, ponía en evidencia la violencia de lo político, la
violencia del Estado. La cárcel es eso: el modo más organizado —más
minuciosamente pensado, burocratizado—, de aplicar la violencia estatal.
Es por eso que muchas veces, durante la historia mundial, la cárcel ha
ocupado el centro de la escena política, a partir de la detención de
líderes populares o intelectuales como Mandela, Gramsci, Ho Chi Min y
Fidel Castro; para que finalmente el pueblo los liberase, como parte de
un acto material y simbólico.
La toma de la Bastilla en París, 1789, significó la caída del Antiguo
Régimen y el comienzo de la Revolución Francesa, a pesar de que sólo se
custodiaba allí a siete presos. En nuestra historia singular, el
Devotazo acompañó el triunfo democrático y la victoria del pueblo ante
una dictadura opresora.
La historia debería enseñar al poder que la represión, y especialmente
la prisión, se encuentran ligadas a las revoluciones. Por un lado porque
se utilizan para frenar la lucha social y política y acabar con el
oponente al poder hegemónico; pero, a la vez, porque en múltiples casos
han sido aquellas detenciones y aquella violencia las que han terminado
por engendrar revoluciones.
Resulta muy difícil encontrar una definición unánime del término presxs
politicxs. Entre las pocas que tienen recepción legislativa cito la del
Consejo Europeo de Derechos Humanos, según la cual, se incurre en un
caso de prisión por motivos políticos “cuando la detención ocurrió
por razones puramente políticas, no relacionadas con un delito, cuando
la duración del encarcelamiento o las condiciones carcelarias por
razones políticas evidentemente no están proporcionadas al delito, si la
persona está en prisión por razones políticas en forma discriminatoria
en comparación con otras personas o si la detención es el resultado de
procesos claramente injustos y parece estar relacionada con razones
políticas del gobierno”.
Fue escrita en 2012 pero parece inspirada por la Argentina de 2017.
Eli Gómez Alcorta es una militante política que trabaja de abogada.
Fuente:Ramble Tamble
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